La justicia avaló el cupo de ingreso de 900 pasajeros diarios al país por el coronavirus

La justicia avaló el límite impuesto por el gobierno nacional de novecientas personas para ingresar a Argentina como pasajeros por la pandemia de coronavirus. “Limitar el ingreso por un período de tiempo de momento limitado, e ir ampliado en forma paulatina la cantidad de personas constituye una restricción razonable y proporcional para los fines expuestos”, afirmaron los jueces Hernán López y Ricardo Matías Pinto de la Cámara del Crimen.

“Se está intentando paulatinamente limitar las restricciones ambulatorias originariamente impuestas a nivel nacional acompañando dicho proceso con una política vacunatoria, con la finalidad de inmunizar a la mayor cantidad de población”, señalaron los jueces en el fallo en el que descartaron el la denuncia que había presentado una pareja solicitando un habeas corpus aduciendo que era una restricción de sus derechos constitucionales. Exigían el regreso inmediato por cuestiones de trabajo y que debían asistir a sus padres por problemas de salud.

Los integrantes de la Cámara señalaron que la pareja “no ha logrado demostrar que las normas que cuestiona como ilegítimas constituyan una restricción arbitraria de derechos constitucionales”. También aseguraron que “en materia de política sanitaria el Poder Ejecutivo posee discrecionalidad para adoptar las medidas que resulten necesarias e idóneas” y descartó que se tratara de “una restricción arbitraria de derechos constitucionales”. 

“Es posible sostener que los fundamentos que justificaron las decisiones resultan razonables y proporcionales en aras de conciliar los intereses en pugna”, argumentaron ante la presentación de Aníbal Matías González y Mariela Anabel Rivero. 

En el fallo destacaron que “los accionantes alegaron que sus padres padecen de hipertensión y asma –circunstancias que no acreditaron– y que se afecta su derecho al trabajo, circunstancias que no revelan urgencia alguna que amerite excepcionar el marco general que contempla la norma”, destinada a retener el ingreso de la variante Delta de covid-19 mientras se acelera la campaña de vacunación.

Ante la cepa de alta contagiosidad, los jueces apuntaron que “se pretende limitar el ingreso al país de la cepa Delta, justamente para evitar volver a las restricciones ambulatorias mucho mas estrictas a nivel local dictadas durante el transcurso del pasado año”, y agregaron que “continúa siendo fundamental retrasar el ingreso de esta variante en el país, para lograr mayores coberturas de segunda dosis en poblaciones de mayor riesgo”.

Fuente: https://www.pagina12.com.ar/355788-la-justicia-avalo-el-cupo-de-ingreso-de-900-pasajeros-diario

La justicia avaló el cupo de ingreso de 900 pasajeros diarios al país por el coronavirus

Talvez le guste...

Posts populares

Deja un comentario